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Tratamiento contable de la creación y mantenimiento de una página web

Contabilidad
Tanto si ya tienes una web corporativa como si vas a desarrollar una nueva te interesa conocer en qué cuenta puedes contabilizar el desarrollo de la página web encargado a una empresa externa ( o a un trabajador autónomo). Muchos profesionales odian llevar las cuentas, pero es algo absolutamente inevitable. Hay que realizar estimaciones y presupuestos, emitir facturas, contabilizar los gastos, guardar justificantes, realizar el pago de impuestos correctamente y a tiempo… Nos guste o no, es parte de nuestro trabajo. Sin importar el tamaño de tu empresa, estás obligado a necesitar algún tipo de servicios de contabilidad en cualquier momento.

Si has echado un vistazo a mi web, te habrás dado cuenta de que aparte de los servicios relacionados con el marketing y el diseño, que son los que principalmente ofrezco a través de ella, también proporciono servicios contables y financieros como graduado especialista en Contabilidad e Informática de Gestión. Por eso, teniendo en cuenta el carácter eminentemente práctico de esta parte de mi web e intentando adecuar este tema al funcionamiento más común de las pequeñas y medianas empresas, mi exposición tenderá a dejar claros los conceptos más básicos y fundamentales sobre un tema con el que os tocará lidiar a los interesados en contratar una web corporativa o a quienes ya lo habéis hecho. Como se puede adivinar por el título del post, este asunto no es otro que el tratamiento contable que debe dársele a la creación y mantenimiento de cualquier sitio web.

Una vez aceptado el presupuesto y terminado el trabajo, tendrás que recoger este activo en el Balance de tu empresa, así como reflejar en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias los correspondientes gastos asociados a la contratación del dominio, el mantenimiento que se facture (en su caso) y, por supuesto, la depreciación que sufrirá este nuevo inmovilizado. Por esta razón, en este artículo, sólo voy a poner de mi cosecha algunos sencillos comentarios y reflexiones encaminados a simplificar y sintetizar estos conceptos para hacerlos aplicables a la praxis cuotidiana de las empresas. Para una ampliación de estos conceptos, dirígete a la página web de SuperContable.com de la cual se ha extraido la información utilizada en la redacción de este artículo, o bien deja tu comentario a este post para que te aporte una solución.

Para ilustrar este asunto, transcribo a continuación la consulta número 1 del BOICAC número 44/DICIEMBRE DE 2000 sobre el tratamiento contable de la creación de una página en INTERNET, denominada por el consultante WEB.

Respuesta: una página WEB (World Wide Web) consiste en un documento integrado por una combinación de texto y una serie de elementos multimedia. Normalmente presentan imágenes y gráficos insertados en el texto, al estilo de los libros y revistas impresos. Sin embargo, lo verdaderamente relevante de estas páginas estriba en la posibilidad de acceder, a través de los enlaces que contienen, a nuevos documentos de hipertexto. Estas características, permiten que se pueda concebir la página WEB como un elemento patrimonial intangible al servicio de la empresa, de forma similar a la de los diferentes programas informáticos existentes en la actualidad.

Los criterios contenidos en las normas relativas al inmovilizado material, se aplicarán a los elementos del inmovilizado intangible, sin perjuicio de lo dispuesto a continuación y de lo previsto en las normas particulares sobre el inmovilizado intangible.

1. Reconocimiento.

Para el reconocimiento inicial de un inmovilizado de naturaleza intangible, es preciso que, además de cumplir la definición de activo y los criterios de registro o reconocimiento contable contenidos en el Marco Conceptual de la Contabilidad, cumpla el criterio de identificabilidad.

El citado criterio de identificabilidad implica que el inmovilizado cumpla alguno de los dos requisitos siguientes:

a) Sea separable, esto es, susceptible de ser separado de la empresa y vendido, cedido, entregado para su explotación, arrendado o intercambiado.

b) Surja de derechos legales o contractuales, con independencia de que tales derechos sean transferibles o separables de la empresa o de otros derechos u obligaciones.

En ningún caso se reconocerán como inmovilizados intangibles los gastos ocasionados con motivo del establecimiento, las marcas, cabeceras de periódicos o revistas, los sellos o denominaciones editoriales, las listas de clientes u otras partidas similares, que se hayan generado internamente.

2. Valoración posterior.

La empresa apreciará si la vida útil de un inmovilizado intangible es definida o indefinida. Un inmovilizado intangible tendrá una vida útil indefinida cuando, sobre la base de un análisis de todos los factores relevantes, no haya un límite previsible del período a lo largo del cual se espera que el activo genere entradas de flujos netos de efectivo para la empresa.

Un elemento de inmovilizado intangible con una vida útil indefinida no se amortizará, aunque deberá analizarse su eventual deterioro siempre que existan indicios del mismo y al menos anualmente. La vida útil de un inmovilizado intangible que no esté siendo amortizado se revisará cada ejercicio para determinar si existen hechos y circunstancias que permitan seguir manteniendo una vida útil indefinida para ese activo. En caso contrario, se cambiará la vida útil de indefinida a definida, procediéndose según lo dispuesto en relación con los cambios en la estimación contable, salvo que se tratara de un error.

Ejemplo.

La empresa RCRCR ha contratado los servicios de una empresa de diseño web para el desarrollo de una página destinada a la promoción y venta de sus productos, encargándose también del dominio, actualización y revisión de dicha web. Se considera que dicha aplicación informática quedará totalmente obsoleta en un período de 5 años.

La factura presentada a RCRCR incluye los siguientes conceptos:

Creación de página web ............................................5.500 euros
Coste de dominio ........................................................ 250 euros
HP, IVA soportado ..................................................... 920 euros
TOTAL ..................................................................... 6.670 euros

Posteriormente, la empresa de diseño web pasa factura a RCRCR por el coste de la actualización y mejora de la web con su correspondiente IVA por importe de 1.500 euros.

Por la contabilización de la factura:

5.500 Aplicaciones informáticas “página web” (206)
250
Arrendamientos y cánones (621)
920 HP, IVA soportado (472)
a Bancos, c/c (572) 6.670

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Por la amortización de la web correspondiente al ejercicio:

1.100 Amortización del inmovilizado intangible (680)
a Amortización acumulada de aplicaciones informáticas (2806) 1.100

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Por la actualización y mejora de la web:

1.500 Reparaciones y conservación (622)
240
HP, IVA soportado (472)
a Bancos, c/c (572) 1.740

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Como ves, estos asientos no tienen ninguna complicación, tan sólo se trata de registrar el precio del diseño/desarrollo en la cuenta 206 del PGC y considerar el importe correspondiente al alojamiento web como gasto del ejercicio en la cuenta 621. Luego, al finalizar tu ejercicio económico, amortizas cada año el importe de la web en función de la vida útil que le hayas asignado y listo. Si haces actualizaciones o mejoras, lo que te facturen por ello lo imputas directamente como gasto del ejercicio en la 622.

Y eso era todo, espero que esta información te haya resultado de utilidad. De todos modos, si deseas alguna aclaración, no dudes en añadir tu comentario.

Te recuerdo que en esta página web pretendo agrupar los recursos necesarios para afrontar con éxito la llevanza de la contabilidad de una pequeña y mediana empresa, así como también los aspectos de administración empresarial y de marketing, dentro de estos últimos con un especial énfasis en lo relativo al diseño gráfico y web, la ilustración y los trabajos de SEO (optimización para buscadores).

Para ello, en las distintas secciones de la web encontraras distintos tipos de informaciones que pueden serte útiles si tienes un negocio y estás pensando en contratar a alguien para crear una nueva web o rediseñar una ya existente. Llevar un negocio no es una cosa fácil, hay un motón de tareas de administración, contabilidad, gestión de proyectos, gestión de clientes, etc. que son un verdadero dolor de cabeza para un emprendedor como tú. Afortunadamente existen montones de funciones que puedes externalizar contratándome a través de esta web, que te permiten simplificar todas estas tareas y además te ayudan a hacer crecer tu negocio. Hoy en día las funciones indispensables para todo emprendedor con las que te puedo ayudar las puedes consultar pulsando aquí. Si te decides a contar conmigo estaré encantado de colaborar contigo.